Residencia de Menores No Nacidos en España


Este permiso está destinado a menores extranjeros que no han nacido en España y permite regularizar su residencia en el país, garantizando su acceso a educación, protección y derechos sociales.


  • Residencia temporal inicial: 1 año, prorrogable según normativa vigente.


Requisitos


  1. Ser menor extranjero no nacido en España.
  2. Haber cursado mínimo 2 años de escolarización en España.
  3. Contar con tiempo previo de residencia legal en el país (según normativa vigente).
  4. No tener antecedentes penales graves (aplicable según edad).
  5. Contar con medios de vida adecuados y, si corresponde, autorización de los representantes legales.


Características


  • Generalmente no permite trabajar, salvo que el menor tenga más de 16 años y cuente con autorización laboral.
  • Garantiza acceso a educación, salud y derechos sociales.
  • Facilita la integración progresiva del menor en la sociedad española.


Llámanos

Contáctenos